
Proyecto 3 · desde el 15/05/2011
«PCA» — Proyecto «Casa de Acolhida»
«Acoger, cuidar, proteger»
- Introducción
- La cultura de institucionalización de niños y adolescentes de las clases populares se remonta al inicio de la colonización brasileña. Esta lógica de atención, todavía aceptada socialmente, descalifica a los usuarios y a sus familias; no respeta la individualidad, las potencialidades ni la historia del usuario; no preserva los vínculos familiares y comunitarios; revictimiza en lugar de reparar los daños; viola derechos en lugar de proteger. Fue solo con la promulgación del ECA que los niños y adolescentes pasaron a ser concebidos como sujetos de derecho, en una condición peculiar de desarrollo. La derivación a un servicio de acogida pasó a concebirse como medida de protección, de carácter excepcional y provisorio (arts. 92 y 101). El ECA garantizó además el derecho de los niños y adolescentes a la convivencia familiar y comunitaria, prioritariamente en la familia de origen y, excepcionalmente, en una familia sustituta (art. 19); y buscó romper con la cultura de institucionalización, estableciendo (art. 23) que la situación de pobreza de la familia no constituye motivo suficiente para el alejamiento de la convivencia familiar. Paralelamente, la PNAS — Política Nacional de Assistência Social (Política Nacional de Asistencia Social) tiene a la familia y al territorio como referencias, valorando la intersectorialidad de las acciones. La organización del SUAS (Sistema Único de Asistencia Social) presupone la articulación de la red socioasistencial con las demás políticas públicas, y el SGD — Sistema de Garantia de Direitos (Sistema de Garantía de Derechos) sitúa a la FAMILIA como foco central de atención. Los servicios de acogida para niños y adolescentes se enmarcan en la Protección Social Especial de Alta Complejidad, y pueden ser: a) de emergencia — hasta 30 días; b) de corta permanencia — hasta seis meses; c) de mediana permanencia — hasta dos años; d) de larga permanencia — superior a dos años.
- Justificación
- La sociedad civil está tomando cada vez más conciencia de su responsabilidad y de la importancia de su papel en la búsqueda de soluciones para los problemas sociales de nuestro municipio. Desde una visión socioeconómica, esto se refleja en la mejora de la calidad de vida de la población menos favorecida y, desde una visión humanitaria, la gratificación personal de poder cambiar esta situación atrae cada vez más al voluntariado. En este contexto, los niños y adolescentes son los más perjudicados, presentando carencias físicas, socioculturales y afectivas y enfrentando graves dificultades de adaptación social, escolar y personal, lo que fatalmente compromete las perspectivas futuras del municipio en su conjunto. Consciente de todo esto, el PAS decide participar más activamente en este proceso, implementando el servicio de acogida de mediana permanencia para niños y adolescentes titulado Proyecto «Casa de Acolhida». Esta acción busca cumplir la función protectiva y de restablecimiento de derechos, integrando la red de protección que favorece el fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios, el desarrollo de potencialidades, la conquista de mayor grado de independencia individual y social de los niños y adolescentes atendidos y el empoderamiento de sus familias.
- Principios
- Excepcionalidad y carácter provisorio del alejamiento de la convivencia familiar;
- Preservación y fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios;
- Garantía de acceso y respeto a la diversidad y a la no discriminación;
- Oferta de atención personalizada e individualizada;
- Garantía de libertad de credo y religión;
- Respeto a la autonomía del niño y del adolescente.
- Tipo de servicio
- Acogida institucional de mediana permanencia: hasta 2 años (Protección Social Especial de Alta Complejidad).
- Nombre del servicio
- «Casa de Acolhida».
- Usuarios
- Niños y adolescentes, de ambos sexos.
- Condiciones y formas de acceso
- Por determinación del Poder Judicial;
- Por solicitud del Conselho Tutelar — en ese caso, la autoridad competente deberá ser notificada, conforme a lo previsto en el art. 93 del ECA.
- Período de funcionamiento
- Ininterrumpido (24 horas).
- Número de usuarios
- 20 (hasta 2021 acogimos a 179 niños y adolescentes).
- Alcance
- Municipal.
- Ubicación
- Confidencial — São Roque/SP.
- Descripción del trabajo
- Acogida de mediana permanencia con espacio adecuado y profesionales preparados para recibir al niño y/o adolescente en cualquier momento del día o de la noche —ante una necesidad de acogida inmediata y de emergencia— mientras se realiza un estudio diagnóstico detallado de la situación de cada uno, con el fin de: a) evaluar las condiciones para mantener la convivencia familiar o la necesidad de alejamiento; b) identificar cuál solución es más adecuada en ese momento: retorno inmediato a la convivencia con la familia de origen (nuclear o extensa) o con personas de la comunidad que sean significativas para él o ella; c) hacer todos los esfuerzos para que, en un período inferior a dos años, se logre la reintegración familiar —a la familia nuclear o extensa— o, en su imposibilidad, la derivación a una familia sustituta; d) en ningún caso la perspectiva de la acogida de mediana permanencia significará descuidar el principio de excepcionalidad, ni deberá implicar el abandono de la búsqueda de alternativas para garantizar al niño y/o adolescente su derecho a la convivencia familiar, prioritariamente con la familia de origen y, excepcionalmente, con la sustituta.
- Entorno físico
- Espacio para vivienda, dirección de referencia, condiciones de descanso, espacio de estar y convivencia, guarda de pertenencias, lavado y secado de ropa, baño e higiene personal, vestuario y pertenencias. Accesibilidad de acuerdo con las normas de la ABNT (normativa técnica brasileña). Área residencial, sin alejarse excesivamente, desde el punto de vista geográfico y socioeconómico, de la realidad de origen de los niños y adolescentes acogidos. Aspecto similar al de una vivienda particular, siguiendo el patrón arquitectónico de las demás residencias de la comunidad en que se inserta, evitando carteles que indiquen la naturaleza institucional del inmueble.
- Objetivo general
- Acoger y garantizar la protección integral preservando los vínculos con la familia de origen, salvo determinación judicial en contrario.
- Objetivos específicos
- Contribuir a la prevención del agravamiento de situaciones de negligencia, violencia y ruptura de vínculos;
- Restablecer vínculos familiares y/o sociales;
- Posibilitar la convivencia comunitaria;
- Promover el acceso a la red socioasistencial, a los demás organismos del SGD — Sistema de Garantía de Derechos — y a las políticas públicas sectoriales;
- Favorecer el surgimiento y el desarrollo de aptitudes, capacidades y oportunidades para que las personas tomen decisiones con autonomía;
- Promover el acceso a programaciones culturales, de ocio, de deporte y ocupacionales, internas y externas, relacionándolas con los intereses, vivencias, deseos y posibilidades del público objetivo;
- Desarrollar con los adolescentes condiciones para la independencia y el autocuidado.
- Trabajo social esencial al servicio
- Acogida/recepción; escucha; desarrollo de la convivencia familiar, grupal y social; estudio social; apoyo a la familia en su función protectiva; cuidados personales; orientación y derivación hacia la red de servicios locales con resolución efectiva; construcción de un plan individual y/o familiar de atención; orientación sociofamiliar; protocolos; seguimiento y monitoreo de las derivaciones realizadas; referencias y contrarreferencias; elaboración de informes y/o expedientes; trabajo interdisciplinario; diagnóstico socioeconómico; información, comunicación y defensa de derechos; orientación para el acceso a la documentación personal; actividades de convivencia y de organización de la vida cotidiana; inserción en proyectos/programas de capacitación y preparación para el trabajo; movilización e identificación de la familia extensa o ampliada; movilización para el ejercicio de la ciudadanía; articulación de la red de servicios socioasistenciales; articulación con los servicios de otras políticas públicas sectoriales y de defensa de derechos; articulación interinstitucional con los demás organismos del Sistema de Garantía de Derechos; monitoreo y evaluación del servicio; organización de una base de datos e información sobre el servicio, sobre organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y sobre el SGD.
- Impacto social esperado
- Reducción de las violaciones de los derechos socioasistenciales, sus agravamientos o reincidencia;
- Reducción de la presencia de niños en situación de calle y de abandono;
- Aumento de personas y familias protegidas;
- Construcción de la autonomía;
- Aumento de personas y familias incluidas en servicios y con acceso a oportunidades;
- Ruptura del ciclo de la violencia doméstica y familiar.
- Seguridad de acogida
- Ser acogido en condiciones de dignidad;
- Tener su identidad, integridad e historia de vida preservadas;
- Tener acceso a un espacio con estándares de calidad en cuanto a higiene, accesibilidad, habitabilidad, salubridad, seguridad y confort;
- Tener acceso a una alimentación con estándares nutricionales adecuados y adaptados a sus necesidades específicas;
- Tener acceso a un ambiente acogedor y a espacios reservados para mantener la privacidad del usuario y guardar sus pertenencias personales;
- Tener un ambiente y condiciones favorables para el proceso de desarrollo particular del niño y del adolescente;
- Tener garantizada la colocación en familia sustituta, siempre que sea imposible restablecer y/o preservar el vínculo con la familia de origen.
- Recursos materiales
- Material permanente y de consumo necesario para el desarrollo del servicio, tales como mobiliario, computadora, impresora, teléfono, camas, colchones, ropa de cama, mesa y baño, utensilios de cocina, alimentos, material de limpieza e higiene personal, vestuario, juguetes, entre otros, además de materiales pedagógicos, culturales y deportivos.
- Recursos financieros
- Convenio con la Municipalidad de São Roque: los recursos públicos transferidos se aplican exclusivamente a salarios, cargas sociales y alquiler de la Casa de Acolhida.
- Recursos propios: donaciones de personas, empresas y eventos cubren todos los demás gastos — agua, luz, teléfono, material de limpieza e higiene personal, ropa, muebles, electrodomésticos y mantenimiento del inmueble.
- Alianzas: con entidades afines y profesionales voluntarios (pediatra, cardiólogo, psiquiatra, otorrinolaringólogo, oftalmólogo y dentista voluntarios).
- Recursos humanos (conforme a la NOB-RH/SUAS)
- 1 coordinadora: 20 horas semanales — voluntaria;
- 1 psicoanalista: 25 horas mensuales — contratada;
- 1 psicóloga: 30 horas semanales — contratada;
- 1 trabajadora social: 30 horas semanales — contratada;
- 1 auxiliar administrativo: 40 horas semanales — contratado;
- 1 cuidadora/educadora: 44 horas semanales — contratada;
- 1 monitor de educación física: 44 horas semanales — contratado;
- 2 auxiliares de cuidadora/educadora: 44 horas semanales — contratadas;
- 2 auxiliares de cuidadora/educadora (día): 12h/36h — contratadas;
- 2 auxiliares de cuidadora/educadora (noche): 12h/36h — contratadas.
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